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Citas previas para la jura de nacionalidad por internet: Todas las novedades, en nuestro .
Nuestra firma de abogados se caracteriza por estar enfocada y especializada en derecho administrativo y extranjería ofertando servicio para toda España.
La firma es conocida por su larga experiencia en la tramitación telemática de solicitudes de Nacionalidad Española, por la aceleración de expedientes de nacionalidad, por la interposición de recursos contenciosos ante la Audiencia Nacional contra denegaciones de nacionalidad y asimismo por la gestión de autorizaciones de vivienda para inversores por el procedimiento veloz de la Ley de emprendedores.
CARTA DE SERVICIOS PROFESIONALES DETALLADA:
EXTRANJERÍA Y NACIONALIDAD ESPAÑOLA:
Agilización del expediente de nacionalidad De España con el Recurso Contencioso en la Audiencia Nacional.
Recursos contenciosos frente a denegaciones de recursos administrativos ya presentados.
Interposición de recursos de reposición y de Alzada frente a denegaciones.
Trámites para inversores, profesionales enormemente cualificados y familiares de éstos.
Proyectos de inversión y planes de negocio para extranjeros.
renovaciones o bien prórrogas de residencia.
Trámites de vivienda de familiar comunitario.
Autorización inicial de estancia por estudios.
Alegaciones y medidas cautelares en frente de órdenes de expulsión.
CARTA DE SERVICIOS PROFESIONALES DETALLADA:
EXTRANJERÍA Y NACIONALIDAD ESPAÑOLA:
Agilización del expediente de nacionalidad De España con el Recurso Contencioso en la Audiencia Nacional.
Recursos contenciosos frente a denegaciones de recursos administrativos ya presentados.
Interposición de recursos de reposición y de Alzada en frente de denegaciones.
Trámites para inversores, profesionales enormemente cualificados y familiares de estos.
Proyectos de inversión y planes de negocio para extranjeros.
renovaciones o prórrogas de residencia.
Trámites de vivienda de familiar comunitario.
Autorización inicial de estancia por estudios.
Alegaciones y medidas cautelares frente a órdenes de expulsión.
DERECHO ADMINISTRATIVO:
Expedientes expropiatorios.
Expedientes de inspección laboral.
Incumplimiento contratos del ámbito público.
Impagos de Ayuntamientos: Procedimiento veloz abreviado.
Asesoramiento y redacción de proyectos y planes urbanísticos.
Expedientes por responsabilidad patrimonial en reclamación de indemnizaciones a la Administración Pública por Daños y Perjuicios.
Asesoramiento y seguimiento de expedientes disciplinarios.
Revisión de valores catastrales, impugnación de ponencias de valores.
Asesoramiento en materia de licencias de actividad y precinto de establecimientos.
Recursos contra denegaciones de incapacidades laborales de funcionarios.
Recursos contra sanciones por emisiones contaminantes.
Negligencias médicas ICS.
Expedientes sancionadores por incumplimiento de normativa municipal.
Expedientes expropiatorios.
Expedientes de inspección laboral.
Incumplimiento contratos del sector público.
Impagos de Ayuntamientos: Procedimiento rápido abreviado.
Asesoramiento y redacción de proyectos y planes urbanísticos.
Expedientes por responsabilidad patrimonial en reclamación de indemnizaciones a la Administración Pública por Daños y Perjuicios.
Asesoramiento y seguimiento de expedientes disciplinarios.
Revisión de valores catastrales, impugnación de ponencias de valores.
Asesoramiento en materia de licencias de actividad y precinto de establecimientos.
Recursos contra denegaciones de incapacidades laborales de funcionarios.
Recursos contra sanciones por emisiones contaminantes.
Negligencias médicas ICS.
Expedientes sancionadores por incumplimiento de normativa municipal.
DERECHO CIVIL:
Divorcios contenciosos o de acuerdo mutuo.
Litigación civil por norma general.
Lindes y acciones reivindicatorias.
Herencias-Donaciones.
Reclamaciones de deudas comunidades de dueños.
Procedimientos monitorios.
Reclamaciones por Daños y Perjuicios.
Divorcios contenciosos o bien de acuerdo mutuo.
Litigación civil por lo general.
Lindes y acciones reivindicatorias.
Herencias-Donaciones.
Reclamaciones de deudas comunidades de dueños.
Procedimientos monitorios.
Reclamaciones por Daños y Perjuicios.
DERECHO PENAL:
Delitos urbanísticos y medio-entorno.
Alcoholemias.
Interposición de todo género de querellas y denuncias.
Estafas y falsedad reportaje.
Apropiaciones indebidas en comunidades de dueños.
Delitos de Injurias.
Acoso-daños-lesiones.
Delitos leves.
Delitos urbanísticos y medio-entorno.
cita previa para tarjeta de residencia .
Interposición de todo tipo de demandas y denuncias.
Estafas y falsedad documental.
Apropiaciones incorrectas en comunidades de dueños.
Delitos de Injurias.
Acoso-daños-lesiones.
Delitos leves.
Citas previas para la jura de nacionalidad
Tras la esperada concesión de nacionalidad, el ciudadano dispone de un plazo de 180 días desde la notificación de la resolución para poder efectuar la Jura ante el Registro Civil de la localidad donde se encuentra censado en ese instante. Ahora bien, es importante aclarar de qué forma se computa dicho plazo, pues muchos, creen que este plazo no se interrumpe con la petición de cita para efectuar la Jura y ello genera a día de hoy cierta inseguridad jurídica, puesto que en registros civiles como el de Barcelona, están asignando citas para la jura ahora para noviembre/diciembre 2020 conforme nos notifican (excediendo de este modo el plazo de 180 días).
Pues bien, el plazo se inicia en el momento en que se acusa recibo de la notificación de la resolución o bien desde el instante en que la resolución notificada se comprende rechazada (por no admitir la notificación), momento en que empieza a contar el plazo. Este término se interrumpirá en el momento de pedir la cita para la Jura, pues en ese instante ya no está en manos del interesado que se cumpla el plazo de ciento ochenta días. En un caso así, siempre y en todo momento aconsejamos pedir por escrito la asignación de la cita, puesto que en caso contrario el ciudadano se puede localizar con problemas futuros y caducar el expediente de nacionalidad.
El problema actual de colapso en muchos registros civiles está servido, por este motivo, muchos ciudadanos optan por censarse en municipios pequeños puesto que en esos registros civiles, el volumen de trabajo con relación a los expedientes de nacionalidad es menor, y el plazo de asignación de cita, si no inmediato es en escaso tiempo. Ahora bien, dado que en algunos registros han apreciado un incremento excesivo de censados, están solicitando un periodo mínimo de empadronamiento para poder pedir vez para la Jura (cada registro establece sus reglas). Por este motivo, antes de censarse, es conveniente contactar con el Registro Civil para consultar por las citas y los requisitos que solicitan.
En cuanto a la solicitud de cita previa para la jura, en la mayor parte de Registros se debe efectuar presencialmente por la persona interesada o su representante, aportando la resolución de concesión de nacionalidad y el acuse de recibo. Sin embargo, se está incorporando desde hace unos meses el sistema de petición de cita anterior para juras de nacionalidad a través de internet.
A continuación les mostramos ciertos ejemplos de las Comunidades Autonomas donde se puede solicitar cita previa para la jura por internet: Madrid, Andalucía, Catalunya y Valencia:
Madrid:
Tienen un sistema de petición de cita anterior, al que pueden acceder en este link:
Andalucía:
Registros Civiles libres para solicitar la cita previa por internet:
- Registro Civil de Granada.
- Registro Civil de Cádiz.
- Registro Civil de Málaga.
En Catalunya
Está previsto que progresivamente se vaya impalntando en todos y cada uno de los registros civiles posibles, estando en principio en funcionamiento los próximos registros civiles:
- Registro Civil de Girona
- Registro Civil de Lleida.
- Registro Civil de l’Hospitalet de Llobregat.
- Registro Civil de Mataró (para este registro nos confirman que hay que acudir en persona para pedir la cita para la jura).
- Registro Civil de Granollers.
- Registro Civil de Tortosa.
Para poder pedir cita, hay que acceder a este enlace:
En Valencia:
Requisitos para la Jura y documentación necesaria:
En cuanto a los requisitos personales para la jura, cada registro civil tiene sus peculiaridades (cosa que desde siempre y en toda circunstancia venimos rechazando, pero en general habrá que tener en cuenta lo siguiente para la Jura:
· Mayores de dieciocho años. Debe comparecer para hacer el juramento el promotor del expediente de nacionalidad.
· Menores (mayor de 14 años y menor de dieciocho años). Deben comparecer para hacer el juramento: el menor (entre catorce y 18 años) y ambos progenitores. En caso de que uno de los progenitores radique en el extranjero se debe aportar el día de la cita anterior un poder notarial singular para este trámite del progenitor ausente.
· Menores de catorce años. Sólo comparecerán progenitores (con el NIE original de los tres). En caso de que uno de los progenitores radique en el extranjero hay que aportar el día de la cita anterior un poder notarial especial para este trámite del progenitor ausente.
Los documentos precisos para la jura son los siguientes:
1. En las juras gestionadas en el Registro Civil:
· Número de expediente gestionado en el Registro Civil
· Nombre y apellido de la persona solicitante
· NIE en vigor
· En los casos en que el demandante solo tenga un apellido, debe aportar los certificados de nacimiento o bien matrimonio de los progenitores.
2. Expedientes de nacionalidad que se han tramitado telemáticamente:
El demandante debe comprobar y también imprimir la concesión de la nacionalidad y aportarla el día de la cita anterior en el Registro Civil.
En aquellos casos en que el solicitante solo tenga un apellido, debe aportar los certificados de nacimiento o matrimonio de los progenitores.
NIE en vigor (si está caducado, entendemos no es culpa del solicitante por lo que deberían efectuar el trámite del mismo modo).
Certificado textual de nacimiento (se puede aportar el certificado presentado en la petición telemática de la nacionalidad).
Certificado de empadronamiento actual
Certificado de antecedentes penales (se puede aportar el certificado presentado en la petición telemática de la nacionalidad).
NIE en vigor (si está caducado, comprendemos no es culpa del demandante con lo que deberían realizar el trámite igualmente).
Certificado literal de nacimiento (se puede aportar el certificado presentado en la solicitud telemática de la nacionalidad).
Certificado de empadronamiento actual
Certificado de antecedentes penales (se puede aportar el certificado presentado en la petición telemática de la nacionalidad).
Por último indicar que en estos días, debido a la situación de alarma, los Registros Civiles han anulado las citas para la Jura, con lo que esperamos que próximamente anuncien que medidas van a adoptar al respecto.
Puede contactar con nosotros a través de nuestro email: bufetneila@icab.cat y proseguirnos en nuestras redes sociales para estar al día de las novedades en materia de nacionalidad española:
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