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Qué Es Y Como Se Solicita El Permiso De Residencia

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Qué Es Y Como Se Pide El Permiso De Residencia

Reunirse con sus familiares de forma legal en España. Convivir con la familia directa. Esta es la esencia de la reagrupación familiar. La frase “me quiero traer a mis hijos o bien mis padres a España” hace referencia, en términos generales, a la solicitud del permiso de residencia por reagrupación familiar.

En la página web oficial del Ministerio de Empleo se recoge la reagrupación familiar como una autorización de residencia temporal que se podrá otorgar a los familiares de los extranjeros residentes en España, en razón del derecho a la reagrupación familiar”.

Ahora que bien sabes qué es la reagrupación familiar, vamos a explicarte quién puede pedir este permiso de residencia, en qué momento y qué requisitos hay que cumplir.

¿Quién puede pedir el permiso de vivienda por reagrupación familiar?

El reagrupante es el miembro de la familia que tiene residencia legal en España y que cumpliendo con ciertos requisitos va a poder reagrupar a sus familiares, denominados reagrupados.

El permiso de vivienda por reagrupación familiar ha de ser pedido por el reagrupante. Para esto, debe haber residido en España por un periodo mínimo de un año y tener un permiso para radicar en este país a lo largo de, al menos, otro año más. Aparte de este requisito para la concesión de la reagrupación, el residente en España debe contar con de una residencia adecuada y medios económicos suficientes. 

¿Qué se considera ingresos económicos suficientes?

El Ministerio de Empleo cifra esta cantidad en el 150 por ciento del IPREM para unidades familiares de 2 miembros. Esto es reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se exige contar con de un 50 por ciento más del IPREM, esto es, reagrupante y 2 reagrupados (cónyuge e hijo) deberá contar con de ingresos superiores al doscientos por ciento del IPREM. En estos ingresos se computarán los aportados por familiares de línea directa que convivan con el reagrupante.

Para acreditar esos ingresos, si el reagrupante trabaja por cuenta extraña debe aportar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, mientras que si es autónomo, además de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.

Reagrupación familiar: requisitos y documentación para obtener esta autorización de vivienda temporal 

Además de los requisitos que te hemos contado, hay otros requerimientos para reagrupar legalmente a la familia en España. Son los siguientes:


  • Uno de los primeros y más importantes: no encontrarse en situación irregular en nuestro país, tener prohibida la entrada en España o bien encontrarse dentro de un periodo de no retorno.

  • No disponer de antecedente penales en nuestro país ni antecedentes por delitos contemplado en el Código Penal español en otros países.

  • Haber pagado la tasa pertinente para realizar los trámites de concesión de la reagrupación familiar.

  • No haber contraído una enfermedad considerada de influencia grave para la salud pública. En la se encuentra la información referente a este género de enfermedades.  

  • Disponer de cobertura de asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social o bien contar con un seguro médico privado de enfermedades.

¿A quién se puede reagrupar?

Principalmente, los familiares que pueden ser reagrupados son:


  1. Hijos del reagrupante o del cónyuge. En este grupo se incluyen los menores de edad, hijos adoptados o incapacitados, siempre que no estén casados.  Si se trata de un hijo o bien hijos de uno de los 2 miembros de la pareja, se debe acreditar que tiene la custodia o que ejercita en solitario la patria potestad del reagrupado.

  2. Ascendientes de primer grado del reagrupante o bien de su cónyuge. Es decir, padre o madre de uno de los miembros de la familia. A fin de que esta reagrupación pueda tener lugar, es imprescindible acreditar que ese miembro de la familia ha estado a cargo del reagrupante o bien su pareja mientras que estos radicaban en España. Para ello, por ejemplo, se pueden aportar los envíos de dinero efectuados. En la página del Ministerio se recalca que “para reagrupar a los ascendentes, el reagrupante habrá de ser titular de una autorización de larga duración o bien larga duración-UE”.

  3. Cónyuge o aquella persona con la que sostenga una relación análoga de afectividad. Esto puede darse cuando están anotados como pareja en algún registro público o bien cuando se pueda acreditar (con pruebas aceptadas en derecho) esa relación pese a no estar registrada.

¿De qué manera se solicita la reagrupación familiar y qué plazo tiene la Administración para resolver la solicitud?

El reagrupante debe asistir a la Oficina de Extranjería de la provincia y pagar, cuando se admita a trámite la petición, la tasa de vivienda temporal por reagrupación familiar.

En un plazo de cuarenta y cinco días desde su solicitud, la Administración debe contestar. Si no lo hace, se entenderá desestimada por silencio administrativo. Si se admite la petición, en el plazo de un par de meses el reagrupado debe pedir el visado. Este se puede pedir en el consulado de España donde resida el reagrupado. Para pedirlo, el reagrupado debe aportar:


  • Pasaporte o título de viaje válido en España, con vigencia de, al menos, cuatro meses.

  • Documentación original acreditativa de los vínculos familiares.

  • Certificado médico.

  • Un certificado de antecedentes penales del país donde hubiese residido los últimos 5 años.

El consulado debe responder a la solicitud en el plazo de 2 meses. De otorgar este documento, el reagrupado va a deber recogerlo en el plazo de dos meses desde que le avisan su concesión. Si es menor, va a ser su representante legal quien recoja el visado.

Después del visado… El reagrupado debe llegar a España en el plazo de tres meses

Siguen los plazos cortos. Concedido el visado, el reagrupado tiene de plazo hasta que concluya su valía, no superior a 3 meses, para llegar a España. abogados para reagrupacion familiar Una vez en nuestro país, deberá pedir la en el plazo de un mes.

La Tarjeta de Identidad de Extranjeros se obtiene en una Comisaría o en la Oficina de Extranjería. Para que sea facilitada, el reagrupado debe presentar:


  1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, modelo EX–17.

  2. Tres fotografías recientes y en color.

  3. Justificante del pago de las tasas de la tarjeta.

Como has podido revisar, los trámites y requisitos son abundantes y los periodos de tiempo muy cortos. De ahí que, para realizar todos los trámites de reagrupación familiar con seguridad, consulta con un abogado especialista.  

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ppantsblade85

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on Jan 28, 21