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Servicios De Extranjería

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Servicios De Extranjería

Las empresas y los profesionales, cada vez necesitan con más frecuencia la contratación de trabajadores extranjeros. Por esta razón, hemos desarrollado un servicio particularmente dirigido a empresas y particulares que tengan la necesidad de contar con expertos en materia de derecho de extranjería.

Dentro de nuestro ámbito de actuación, nuestra tarea se centra en el asesoramiento jurídico y tramitación de todo género de permisos, así como en la interposición de recursos tanto administrativos como contencioso-administrativos.

Servicios para Empresas


  • Autorización para deportistas profesionales y de élite. Podrán acogerse a este procedimiento, en calidad de empleadores, los clubes deportivos, asociaciones deportivas, sociedades anónimas deportivas o restantes entidades que deseen contratar, por un plazo igual o superior a un año, en calidad de atletas profesionales (o bien colectivos equiparados) o bien entrenadores, a trabajadores extranjeros que estén en posesión de una licencia deportiva que habilite para participar en competiciones deportivas oficiales.

  • Autorización para personal enormemente cualificado. Se comprende por trabajadores enormemente cualificados, los que disponen de una titulación superior y una experiencia no menor de 3 años, conforme la definición acuñada para el caso.

  • Régimen comunitario. abogado extranjeria El régimen comunitario se aplica a los derechos de entrada y permanencia en España de los nacionales de Estados miembros de la UE (Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, R. Unido y Suecia), de nacionales de los sobrantes Estados parte en el Pacto sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.

  • Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena (si desea contratar a un ciudadano extranjero que se halla en su país de origen, o en España en situación regular haciéndole una oferta de trabajo).

  • Renovación de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia.

  • Contingente (duración determinada o sup.esp). Procedimientos contencioso-administrativos.

  • Modificaciones de permisos de todo tipo: Cuenta ajena a cuenta propia, y viceversa. Cambio de zona geográfica, ámbito profesional, etc.

  • Reagrupación familiar: Si lleva un año radicando legalmente en España, puede traer a sus hijos menores, padres y/o cónyuge.

  • Estudiantes: Si va a cumplir tres años en situación de estancia por estudios en España y tiene una oferta de trabajo, puede solicitar la modificación de su permiso de estudiante a un permiso de vivienda y trabajo por cuenta extraña, en caso contrario, tiene otras opciones.

  • Menores: Si se encuentra en situación regular en España y desea lograr la documentación para sus hijos menores nacidos y no nacidos en España.

  • Arraigo social: Si se halla en situación irregular en España durante un periodo de al menos tres años, o los va a cumplir próximamente, y tiene una oferta de empleo con una duración no inferior a un año, puede lograr un permiso de vivienda y trabajo.

  • Nacionalidad Española: Puede lograr la española sin precisar tener que abandonar a su nacionalidad de origen en muchos casos. Bien por residencia, por opción o con valor de simple presunción.

  • Recursos de reposición, alzada, escritos de alegaciones, etc.

  • Recursos constencioso-administrativos: Estudio y sustanciación de procedimientos judiciales contra todo tipo de resoluciones denegatorias de la Administración Pública que pongan fin a la vía administrativa.

  • Expatriados: Diseño y preparación de Políticas de expatriación, incluyendo las áreas organizativa, retributiva, fiscal y legal.

  • Otros: Legalización de documentos, etc.

Servicios para Particulares


  • Comunitarios, Petición N.I.E. extracomunitario.

  • Autorización vivienda y trabajo cuenta extraña inicial, Modificación residencia a cuenta ajena, Modificación ámbito geográfico o bien actividad, Compatibilidad de residencias (cuenta ajena y cuenta propia), Modificación vivienda a trabajo o bien aut.trabajo, Renovaciones, Vivienda permanente.

  • Reagrupación familiar: Si lleva un año residiendo legalmente en España, puede traer a sus hijos menores de edad, padres y/o cónyuge.

  • Estudiantes: Si va a cumplir 3 años en situación de estancia por estudios en España y tiene una oferta de empleo, puede solicitar la modificación de su permiso de estudiante a un permiso de residencia y trabajo por cuenta extraña, de lo contrario, tiene otras opciones.

  • Menores: Si usted se encuentra en situación regular en España y desea lograr la documentación para sus hijos menores nacidos y no nacidos en España.

  • Arraigo social: Si se encuentra en situación irregular en España durante un periodo de cuando menos tres años, o los va a cumplir próximamente, y tiene una oferta de trabajo con una duración no inferior a un año, puede conseguir un permiso de residencia y trabajo.

  • Nacionalidad Española: Puede conseguir la nacionalidad española sin precisar tener que renunciar a su nacionalidad de origen en muchos casos. Bien por vivienda, por opción o bien con valor de simple presunción.

  • Detención y expulsión: Ante una detención policial o un expediente de expulsión, podemos recurrir por la vía administrativa y contenciosa.

  • Recursos constencioso-administrativos: Estudio y sustanciación de procedimientos judiciales contra todo género de resoluciones denegatorias de la Administración Pública que pongan fin a la vía administrativa.

  • Otros: Cartas de convidación, retornos, etc.

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ashortswasher7

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on Jan 28, 21