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Para poder viajar a España y cursar estudios por más ciento ochenta días, debes contar con de un visado de estudios.
El visado también es preciso si se marcha a realizar prácticas no laborables por un plazo superior a noventa días, servicios de voluntariado, estancias formativas, plazas M.I.R., movilidad de pupilos y estudios para escolarización de menores de edad.
En los casos en que los familiares del estudiante deseen establecerse en España durante más de 3 meses, también es necesario conseguirlo.
Contacte con Sterna Abogados de Extranjería Madrid para poner solución de forma inmediata a cualquier duda. Nuestros abogados especialistas en temas de extranjería y también inmigración, de forma profesional y personalizada, le ofrecerán todo género de información de toda la documentación a presentar, donde realizar la solicitud, el tiempo de espera, tasas pertinentes a abonar, etc., para que usted obtenga el visado de estudios sin problema alguno.
Es preciso solicitar una cita anterior para poder presentar toda la documentación pedida, la cual debe aportarse en original y copia.
A través del consulado correspondiente desde el país de origen es la manera tradicional de solicitar una estancia de estudios o visa de estudiantes. Sin embargo hoy en día por el Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto, ahora la solicitud de la autorización de estancia por estudios puede presentarse personalmente desde el propio territorio de España. Para esto la persona extranjera debe de encontrarse con regularidad en España y presentar la solicitud durante los primeros 60 días de su estancia o treinta días ya antes de la caducidad de su estancia.
Además para poder solicitar la visa de estudiante desde España, el demandante debe de cumplir una serie de requisitos de los que Sterna Abogados la villa de Madrid va a poder informarle. Entre los requisitos a cumplir resaltamos.
Dependiendo de si el demandante se halla dentro o bien fuera de España, la manera de presentar la solicitud va a variar.
Si el demandante se encuentra en España sin visado, puede ser presentada personalmente por la propia persona o bien por medio de los medios telemáticos.
Si el demandante se encuentra fuera de España, la solicitud debe ser presentada con visado de forma personal o bien mediante representación en la oficina consular donde resida.
Los estudiantes nacionales de determinados países están exentos de la obtención de visado siempre que la estancia en el país no supere los 180 días.
Dependiendo de la duración de los estudios, pueden solicitarse dos tipos de visados:
Conocida como la visa de visitante de corta duración. gestor de extranjeria Esta vez los estudios a realizar deben tener una duración entre 90 días y ciento ochenta días.
Esta clase de visa no es renovable, con lo que los estudios deben acabar en el periodo establecido.
Para periodos superiores, es preciso el pedir una visa específica de estudios.
Para una estancia superior a ciento ochenta días. La persona interesada debe entregar en el Consulado Español en su país toda la documentación que se precisa tanto en original como en copia: fotografías en color tamaño pasaporte, pasaporte vigente o título de viaje, formulario de solicitud de visado, títulos de estudios anteriormente realizados, seguro médico, carta de admisión del centro de estudios, certificado médico que valide que la persona no sufre ningún tipo de enfermedad que pueda repercutir gravemente en la salud pública, perseverancia de fondos económicos que puedan cubrir su estancia en el país, etc.
Sterna Abogados de Extranjería en Madrid desea hacerle saber que el visado de estudiante puede ser renovado. Para esto es necesario pedir su extensión o bien renovación en los sesenta días anteriores a que su autorización por estancia de estudios concluya.
Es importantísimo mantener todos los requisitos con los que tuvo la concesión anterior del visado como son contar con medios de tipo económico suficientes, un seguro médico y no tener antecedentes penales. Además ha debido de haber finalizado los estudios para los que se le concedió el visado y estar ya matriculado en el próximo curso.
La renovación debe realizarse en el plazo establecido, de no ser de esta manera dispone de un periodo de gracia de 90 días una vez que el visado expire para realizar la petición aunque se expone a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
En en caso de que la prorroga sea denegada y en dependencia del motivo, tendrá la posibilidad de recurrir la denegación por medio de recurso de reposición (en un plazo de un mes desde el momento en que la denegación es notificada) o bien por la vía contencioso administrativa (dos meses desde la notificación).
Otras de las opciones es volver nuevamente al país de origen y solicitar un nuevo visado en el consulado.
Lo más recomendable es ponerse en manos de abogados especialistas en temas de extranjería e inmigración como los que puede encontrar en Sterna Abogados Madrid, que le notificarán sobre otro género de vías alternativas que le van a ayudar a regularizar su situación.
Este tipo de visado no le deja lograr un empleo, tan sólo va a poder hacer prácticas en empresas, esto es trabajar a jornada reducida y puede que ciertos negocios le ofrezcan prácticas con una ayuda económica al estudiante.
Si quiere trabajar a jornada completa y pertenecer al mercado de trabajo español, será necesario solicitar otro género de visado como:
En Sterna Abogados de Extranjería Madrid, ofrecemos una atención personalizada a todos nuestros alumnos extranjeros, acompañándole y guiándole a lo largo de todo el proceso hasta la finalización de los estudios.
En nuestra web podrá hallar la forma de contactar con nuestro equipo de abogados y con considerablemente más detalle encontrará toda la información que precisa si lo que usted busca es venir a estudiar a España.