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La Policía Nacional en Zaragoza está reanudado de forma gradual y progresiva los servicios de documentación de extranjeros de esta provincia, tras cumplirse los requisitos sanitarios para la fase tres de la desescalada del confinamiento en Aragón.
En una nota de prensa, la Jefatura Superior de Policía de Aragón ha explicado que para efectuar este tipo de trámites, los ciudadanos deberán conseguir su cita previa, que es obligatoria, en
Del mismo modo, en las oficinas de la Unidad de Documentación de Extranjeros se han instalado mamparas, se ha adoptado un sistema de desinfección y distancias de seguridad, siendo preceptivo el empleo de mascarilla para asegurar la continuidad del servicio.
La Policía Nacional ha recordado que, a través de su página,, ofrece información detallada sobre los trámites, en especial en lo relativo a la prórroga de la vigencia de determinados documentos.
Asimismo, ha indicado que se mantiene habilitada la dirección de e mail (zaragoza.bpefasilo@policia.es) para atender consultas relacionadas con la valía de los documentos expedidos en el ámbito de la protección internacional.
INSTRUCCIÓN
La Policía Nacional ha recordado a los ciudadanos extranjeros y a las diferentes instituciones y organismos que realizan actos jurídicos o bien administrativos que con data de veinte de mayo se han dictado unas instrucciones para dotar de seguridad jurídica a los ciudadanos extranjeros afectados por la crisis sanitaria, así como para evitar la saturación de las citas de peticiones de renovación de todo tipo de tarjetas.
Según estas instrucciones, se prorrogan por un plazo de 6 meses las cédulas de inscripción de extranjeros indocumentados cuya vigencia haya caducado durante el estado de alarma o bien en los 90 días naturales previos a la fecha en que se decretó, a contar desde la fecha en que hubiera expirado la valía del documento. cita de huellas extranjeria
Además, el solicitante de una carta de convidación, emitida de antemano a la declaración del estado de alarma que no haya podido ser empleada por coincidir la data de entrada prevista con la vigencia del mismo, podrá solicitar a la misma dependencia que se la expidió, la cancelación de exactamente la misma, así como el reembolso de las tasas por expedición de la carta --tasas en término de carta de convidación-- y las de tramitación --tasas en término de autorización de expedición--, debiendo hacer entrega inexcusablemente del original de exactamente la misma a la plantilla actuante.
El resguardo de presentación de petición de protección internacional --resguardo blanco--, que hubiese sido expedido de antemano al estado de alarma va a ver prorrogada su vigencia en 9 meses a contar desde la expiración de la validez del documento, siempre que no se haya notificado de manera negativa la resolución del expediente.
Por su parte, el documento acreditativo de demandante de protección internacional --tarjeta roja-- y el documento acreditativo de solicitante de condición de apátrida --tarjeta verde-- que hubiesen sido expedidos con anterioridad al estado de alarma van a ver prorrogada su vigencia siete meses desde la expiración de la validez de los documentos, siempre y cuando no se haya notificado de forma negativa la resolución del expediente.
Asimismo, están canceladas todas las citas que hubieran sido concedidas hasta el día de la data para atender la renovación de los referidos documentos.
OTRAS INDICACIONES
La cita instrucción también apunta que el resguardo de presentación de solicitud de protección internacional --resguardo blanco--, como los documentos acreditativos de solicitante de protección internacional --tarjeta roja--, conllevarán, a partir de los seis meses desde su data de emisión, el derecho a trabajar, con independencia de que no lleve incorporada la leyenda 'Autoriza a trabajar', siempre y cuando no se le hubiese notificado de forma negativa la resolución de su petición.
Por su parte, el documento 'volante' de manifestación de voluntad de petición de protección internacional que hubiera caducado a consecuencia del estado de alarma ha prorrogado automáticamente su validez a lo largo de la vigencia del mismo y a lo largo de los tres meses siguientes desde la data en que se decrete su levantamiento a los fines exclusivos de garantizarle el derecho de no devolución, sin perjuicio de que el interesado deba, en tal plazo y a la mayor brevedad posible, gestionar la expedición de un nuevo volante para que se le asigne una nueva data de formalización.
Los documentos de viaje de quienes tengan reconocida la protección internacional o el estatuto de apátrida, cuya vigencia hubiese caducado durante el estado de alarma o en los 90 días naturales anteriores a la fecha en que se decretó se han prorrogado los mismos términos en los que se haya ampliado la valía de sus tarjetas de identidad de extranjero --prórroga de seis meses desde el instante en que concluya el estado de alarma--.