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Comisiones Obreras De Madrid

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Comisiones Obreras De Madrid

De acuerdo con el artículo 1.1.de la Ley de Extranjería, "se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente ley, a los que carezcan de la nacionalidad española". La Ley de extranjería es la normativa que regula los derechos, obligaciones y libertades de las personas extranjeras en España, así como su integración social. La Ley de Extranjería añade que “como criterio interpretativo general, se comprenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles”

Existen dos Regímenes de Extranjería en España:

Régimen General de Extranjería, regulado por la Ley de Extranjería y el Reglamento que la desarrolla.

Régimen Comunitario de Extranjería, regulado por los Tratados de adhesión de España a la UE, así como por el Derecho Derivado (Reglamentos, Directivas europeas, etc.).

¿Quién es una persona refugiada?

De acuerdo con la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Asilados, una persona asilada es quién "debido a fundados miedos de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o bien creencias políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a raíz de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de su país; o bien que careciendo de nacionalidad y hallándose, como consecuencia de semejantes acontecimientos fuera del país donde ya antes tuviera su vivienda habitual, no pueda o bien, a raíz de dichos temores no quiera volver a él"..

La condición de persona refugiada se adquiere por resolución del Ministerio del Interior.

¿De qué manera se puede “obtener la residencia legal” en España?

Para residir y trabajar en España es necesario ser titular de una autorización de residencia y/o trabajo, y para obtenerlas hay que reunir los requisitos demandados, proseguir el procedimiento establecido, según los casos, y aportar la documentación precisa.

Los requisitos generales que tiene que reunir el extranjero o extranjera para conseguir una autorización, además de no encontrarse irregularmente en territorio de España, son carecer de antecedentes penales, no figurar como rechazable en el espacio Schengen, que haya trascurrido el plazo de compromiso de no regreso en caso de que haya retornado de manera voluntaria a su país de origen, y el pago de la tasa pertinente.

¿Qué géneros de residencia existen?

Las personas extranjeras en territorio español se pueden hallar en situación de estancia o de residencia

- Estancia: es la situación en la que se puede permanecer en España por un tiempo no superior a 90 días. La estancia se pide cuando deseas venir a España por otros motivos diferentes de los laborales o de residencia (estudios, movilidad de pupilos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, razones médicas, negocios, causas familiares, turismo…).
Es preciso pedir el correspondiente visado frente a las Autoridades diplomáticas o consulares españolas en el país de origen salvo que la persona extranjera sea nacional de un país que esté exento de él.

Se podrá pedir la prórroga de estancia, antes de que transcurran los 90 días iniciales, cuando la persona extranjera no tenga exigencia de visado si existen razones de carácter inusual para continuar en España.

- Residencia temporal: es la situación por la que se autoriza a continuar y residir en España, de forma no permanente, por un periodo superior a 3 meses e inferior a cinco años. La autorización inicial de vivienda temporal tiene validez de 1 año que va a ser renovable si se cumplen los requisitos exigidos. Existen diferentes tipos de vivienda temporal y algunos autorizan a trabajar.

Entre las principales autorizaciones de residencia temporal se encuentran: residencia temporal y trabajo, autorización de vivienda por circunstancias inusuales, por reagrupación familiar y vivienda temporal no rentable (sin ejercer actividades laborales).

La autorización inicial de residencia temporal y trabajo se entrega para un año y está limitada para un ámbito y un campo geográfico específicos. Las renovaciones se dan por dos años y no tienen limitación para trabajar; se podrá hacer en todo el territorio nacional y en cualquier ocupación. Las renovaciones se deben pedir a lo largo de los 60 días naturales anteriores a que finalice la vigencia de la autorización previa, y en los noventa días naturales siguientes a esa data.

La renovación de las autorizaciones de vivienda temporales no rentables o bien por reagrupación familiar están sujetas a los medios económicos propios y medios de vida del familiar del que depende el titular de la autorización, respectivamente.

Para renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia se valorará la continuidad de la actividad y estar al corriente de pagos en Seguridad Social y Hacienda.

El resto de autorizaciones de vivienda temporal se renuevan conforme requisitos concretos para cada género de autorización.

- Vivienda de larga duración es la situación en la que se puede continuar y residir en España por un periodo indefinido y trabajar en las mismas condiciones que los ciudadanos y ciudadanas españolas.
Para poder acceder a la vivienda de larga duración hay de acreditar haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español a lo largo de 5 años y sin que haya existido en ese período temporal ausencias del territorio español superiores a diez meses. Hay otros supuestos en los que se puede solicitar la residencia de larga duración.

La Tarjeta de Identidad de Extranjero que acredite la residencia de larga duración se entrega para 5 años y va a haber que renovarla cuando se caduque. Este trámite es muy sencillo pues solo hay que acudir a las Oficinas de Extranjería pertinentes para poner huellas y pagar la tasa oportuna.

Para cualquier renovación es indispensable no haber superado los periodos máximos de salida de España estipulados por la legislación.

¿En quécircunstancias inusuales puede una persona extranjera, que vive y trabaja en España y no tiene autorización de residencia y trabajo, pedir una Autorización de vivienda temporal?

- ARRAIGO LABORAL: acreditando permanencia continuada en España a lo largo de un mínimo de un par de años, carecer de antecedentes penales y probar una o bien varias relaciones laborales por una duración mínima de seis meses o bien más, a través de sentencia judicial o acta de la inspección de trabajo.

- ARRAIGO SOCIAL: acreditando permanencia en España a lo largo de 3 años como mínimo, contar con un contrato de trabajo de duración no inferior a un año o bien proyecto de establecimiento o actividad a realizar por cuenta propia -con indicación de la inversión prevista, la rentabilidad esperada y puestos de trabajo que se prevea crear-, tener vínculos familiares con residentes legales oespañoles –ascendientes, cónyuge y descendientes o bien, informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma y carecer de antecedentes penales.

- ARRAIGO FAMILIAR: acreditando demostrar ser hijo de padre o madre que originariamente fueran españoles o bien ser padre o bien madre de un menor de nacionalidad de España y carecer de antecedentes penales. Para este supuesto, no se necesita acreditar tiempo de permanencia en España.

En todos y cada uno de los casos precedentes, se otorgará una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con derecho a trabajar a lo largo de un año.

¿De qué manera se puede obtener una autorización de vivienda y trabajo por cuenta extraña en régimen general?

Si se quiere residir en España efectuando una actividad laboral es necesario obtener una autorización de vivienda y/o trabajo.

Si se desea trabajar por cuenta ajena la autorización de trabajo y residencia inicial:

a) Debe ser pedida personalmente por el empleador/a y en el caso de empresas, por su representante legal, en la Oficina de Extranjeros pertinente a la provincia donde tenga su domicilio el trabajador/a o, donde se vaya a realizar la actividad laboral.

b) El trabajador/a no podrá estar en España en situación irregular en el momento de la solicitud.

c) Se va a poder aplicar la situación nacional de empleo.

d) La autorización que se obtenga va a poder limitarse a una ocupación y campo geográfico concreto.

e) Su validez va a ser de 1 año y va a poder ser renovada si se cumplen los requisitos demandados.

Supuestos específicos en que no se aplica la situación nacional de empleo:

a) Los familiares reagrupados en edad laboral, o el cónyuge o hijo/a de extranjero/a residente en España con una autorización renovada, así como al hijo/a de español/a nacionalizado/a o bien de ciudadanos de otros Estados miembros de la UE y de otros Estados parte en el Espacio Económico Europeo, toda vez que estos últimos lleven, como mínimo, un año residiendo legalmente en España y al hijo/a no le resulte de aplicación el régimen comunitario.

b) Los/as titulares de una autorización previa de trabajo que pretendan su renovación.

c) Los/as trabajadores necesarios para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos.

d) Los/as que hubieran gozado de la condición de refugiados/as, a lo largo del año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951, sobre el Estatuto de los Refugiados, por los motivos recogidos en el presunto 5 de la sección C de su artículo 1.

e) Los/as que hubieran sido reconocidos como apátridas y los/as que hubiesen perdido la condición de apátridas el año siguiente a la terminación de tal estatuto.

f) Los/as extranjeros/as que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española.

g) Los/as extranjeros/as nacidos y residentes en España.

h) Los/as hijos/as o bien nietos/as de de España de origen.

i) Los/as menores extranjeros/as en edad laboral con autorización de vivienda que sean tutelados por la entidad de protección de menores eficiente, para aquellas actividades que, a criterio de la mentada entidad, favorezcan su integración social, y una vez acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o bien al país de origen.

j) Los/as extranjeros/as que consigan la autorización de residencia por circunstancias excepcionales en los presuntos que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, cuando se trate de víctimas de violencia sexista o bien de trata de seres humanos.

k) Los/as extranjeros/as que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante dos años naturales, y hayan retornado a su país.

l) Los/as extranjeros/as que hayan renunciado a su autorización de residencia y trabajo en razón de un programa de retorno voluntario.

¿Cuándo se debe renovar la Autorización de vivienda y trabajo?

Tanto la autorización de vivienda y trabajo como la autorización de vivienda, se debe renovar en los sesenta días naturales precedentes a la fecha de su caducidad. También se puede hacer durante los noventa días naturales posteriores a la data de su expiración, en este caso se incurre en infracción y posible sanción.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder renovar la autorización de residencia y trabajo?

Cualquiera de los siguientes:

1.- La continuidad en la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende renovar.

2.- Una actividad laboral a lo largo de un mínimo de 6 meses por año y haber firmado un contrato de trabajo (con alta en Seguridad Social en el instante de la solicitud), o contar con de una nueva oferta de trabajo.

3.- Una actividad laboral de cuando menos 3 meses al año y acreditar que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas extrañas a la voluntad del trabajador/a, que se haya buscado activamente empleo y que se disponga, en el instante de la renovación, de un contrato de trabajo.

4.-Que se sea beneficiario/a de una prestación contributiva o bien asistencial de carácter público.

5.- Una actividad laboral cuando menos de 9 meses en un periodo de un 12 o 18 meses en un periodo de 24, toda vez que la última relación laboral se hubiese interrumpido por causas ajenas a la voluntad del trabajador/a (despido o finalización de contrato) y que se haya buscado activamente empleo (inscripción como demandante de empleo en INEM)

6.- Asimismo se procederá a la renovación de vivienda y trabajo, si el cónyuge cumple con los requisitos económicos para la reagrupación familiar.

¿Dónde se solicita la petición para renovar la autorización de residencia y trabajo?

La solicitud de la renovación se pide mediante cita previa en la página www.mpt.gob.es, en cualquier registro público.o mediante correo administrativo en cualquier oficina de correos,y dirigido a la Oficina de Extranjería pertinente a la provincia en la que radique el trabajador/a.

¿Exactamente en qué situaciones se otorga la Autorización de Vivienda de larga duración?

La autorización de residencia de larga duración, autoriza a trabajar tanto por cuenta extraña como por cuenta propia y se otorga si:

1. Se ha residido legalmente de forma continuada en territorio de España a lo largo de 5 años, por lo menos.
2. Si se es residente y beneficiario/a de una pensión de jubilación contributiva
3. Si se es residente y beneficiario/a de una pensión contributiva de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez
4. Si se ha nacido en España y al llegar a la mayoría de edad y se acredita haber residido en España durante los 3 años consecutivos precedentes a la solicitud.
5. Si se fue español de origen y se perdió la nacionalidad española.
6. Si al llegar a la mayoría de edad, se ha estado bajo la tutela de una entidad pública de España de forma sucesiva a lo largo de los cinco años de manera inmediata anteriores a la solicitud.
7. Si se acredita ser apátrida o bien refugiado
8. Si se ha contribuido de forma concida al progreso económico, científico o bien cultural de España o bien la proyección de España en el exterior.

¿Qué es la Tarjeta de Identificación de Extranjero/a (TIE)?

Es el documento que acredita la situación legal del extranjero/a en España.

Se podrá solicitar tarjeta de identidad de extranjero/a si:

Se ha expedido un visado o bien una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses.

Se ha modificado o bien perturbado la situación legal del titular de la tarjeta de identidad o bien su situación laboral, incluyendo la renovación de la autorización.

La tarjeta de identidad de la que disponían ha sido robada, extraviada, destruida o bien inutilizada.

Persona legitimada para presentar la solicitud: la persona extranjera personalmente.

Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o bien en la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización por la que se reconoce el derecho o bien se le autoriza a continuar en España.

Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o bien desde el momento en que la autorización sea concedida o bien, en su caso, desde que se produjo el hurto, el extravío, la destrucción o bien la inutilización de la tarjeta.

Tasas por expedición de la tarjeta de identidad: la cuantía de la tasa depende de la autorización que documenta la tarjeta. Pueden ser:

Modelo 012 “Tarjeta que documenta la primera concesión de la autorización de vivienda temporal, de estancia o bien de trabajadores.….………………….……15,45 euros

Modelo doce “Tarjeta que documenta la renovación o bien prórroga de la autorización de residencia temporal, prórroga de estancia o de trabajadores transfronterizos”.18,54 euros

Modelo 012 “Tarjeta que documenta la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales”….………………………….………..….…..…15,45 euros

Modelo 012 “Tarjeta que documenta la autorización de vivienda de larga duración o vivienda de larga duración-UE…………….......………….21,02 euros

La tarjeta de identidad va a tener idéntico periodo de vigencia que la autorización o bien el reconocimiento del derecho que justifique su expedición, y va a perder su valía cuando se produzca la de la citada autorización.

Para dar la tarjeta de identidad de extranjero el interesado/a deberá acreditar ser el destinatario/a del documento y haber realizado el pago de las tasas establecidas.

Están exceptuados de la obligación de pedir tarjeta de identidad de extranjero los titulares de una autorización de vivienda y trabajo de temporada.

¿Qué es el NIE?

Es el Número de Identidad de una persona Extranjera yaparece en la Tarjeta de Identificación de Extranjero/a (TIE). Está compuesto por una letra inicial, 7 dígitos y una letra final.

Se trata de un número personal, único y exclusivo.

Si se reside con regularidad en España ¿cuánto tiempo se puede estar fuera del país?

Los periodos de estancia fuera de España dependerán del tipo de autorización que se tenga.

Autorizaciones temporales: se puede ausentar hasta un máximo de 6 meses continuados en un año, siempre y cuando la suma de estas ausencias no supere los 10 meses durante los 5 años de vivienda legal hasta obtener la Autorización de Residencia de Larga Duración.

Autorización de residencia de larga duración: esta autorización se extinguirá cuando se genere la ausencia del territorio de la Unión Europea por un máximo de doce meses sucesivos.

Tarjeta de vivienda de familiar de ciudadano/a de la Unión Europea: la vigencia de esta tarjeta caducará por las ausencias superiores a 6 meses en un año.

Tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano/a de la UE: las ausencias no van a poder ser superiores a dos años sucesivos.

¿Qué es el empadronamiento?

Es la inscripción en el registro administrativo donde constan los vecinos del ayuntamiento De esta forma, toda persona que viva en España, así sea española o extranjera, debe darse de alta en dicho registro.

Empadronarse es un derecho y una obligación que, por su parte, te permite el acceso a otros derechos.

¿Quién puede empadronarse?

Pueden censarse tanto personas españolas como extranjeras, con independencia de que tengan autorización de residencia. Para censarse es preciso acreditar dónde se vive. Esto se puede hacer mediante un contrato de alquiler o bien una factura de teléfono, por servirnos de un ejemplo. Si se cambia de domicilio es obligatorio registrarse en el nuevo ayuntamiento.

Este empadronamiento debe renovarse cada 2 años, si bien no se haya alterado de domicilio. Para esto, se acudirá al Ayuntamiento o Junta Municipal que corresponda y se rellenará un impreso que se facilita por la misma administración.

El Municipio o bien Junta Municipal pertinente, puede notificar que es necesario renovar el empadronamiento por el hecho de que está próxima su caducidad, si bien no es obligatorio hacer esta notificación, con lo que es fundamental estar pendiente cuando se esté a puntito de cumplir los un par de años.

En caso de no hacer esta renovación en el plazo que marca la ley, se comienza un procedimiento que supondrá la baja en el registro.

La renovación del empadronamiento no debe hacerla el extranjero o bien extranjera que es residente de larga duración.

¿De qué forma se puede adquirir la nacionalidad de España?

Existen 2 formas de adquirir la nacionalidad española:

Adquisición originaria. Se produce de forma automática por el hecho de filiación o bien del nacimiento en España.

Adquisición derivada o sobrevenida. Se puede adquirir por adopción, posesión de estado, opción, carta de naturaleza y la manera más frecuente, por residencia. abogados de inmigracion

Nacionalidad española por residencia:

Plazo general de 10 años de residencia legal, continuada y también de forma inmediata precedente al momento de la solicitud.

5 años caso de que se sea refugiado/a.

2 años si se es nacional de un país iberoamericano, de Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial, Portugal o sefardí.

Se necesita solo 1 año de residencia legal si se da alguno de estos supuestos:

Haber nacido en territorio español.

Haber estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o bien acogimiento de un ciudadano o bien corporación de España durante 2 años consecutivos; aun si prosiguiese esta situación durante la petición.

Llevar un año casado/a con un español/a y no estar separado/a.

Ser viudo/a de un español/a y a la muerte del cónyuge no estar separados.

Haber nacido fuera de España, mas el padre o bien madre, abuelo o abuela, hubiesen sido originariamente españoles/as.

La petición de la nacionalidad por vivienda debe presentarse ante el Registro Civil de la localidad donde se radique.

¿Para qué familiares se puede pedir la reagupación familiar?

Se puede pedir la reagrupación familiar para los próximos familiares:

El cónyuge o bien persona con la que el extranjero o extranjera que reagrupa mantenga una relación de afectividad análoga a la conyugal.

Los hijos de la persona reagrupante y del cónyuge o pareja, incluidos los adoptados/as (siempre y cuando la adopción genere efectos en España), menores de dieciocho años o discapacitados/as. Si es hijo/a de uno de los cónyuges o miembros de la pareja, éste/a va a deber ejercer a solas la patria potestad o bien se le debe haber otorgado la custodia y estar ciertamente a su cargo.

Los/as menores a quienes representen legalmente (o bien mayores de 18 si tienen una discapacidad), si así están reconocidos por los organismos de los países de origen.

Los padres propios (ascendientes en primer grado), o bien los del cónyuge o bien pareja de hecho, toda vez que sean mayores de sesenta y cinco años, estén a cargo y existan razones que justifiquen su vivienda en España, y si el/la reagrupante es residente de larga duración.

El procedimiento de reagrupación familiar lo empieza el/la reagrupante desde España y podrá hacerlo siempre que tenga un año de vivienda legal y haya solicitado la renovación de la autorización para radicar por lo menos otro año. Entre los requisitos fundamentales para realizar la reagrupación familiar se demanda contar con una vivienda adecuada y con medios económicos suficientes que van a deber suponer el ciento cincuenta por ciento del IPREM mensual para reagrupar a un familiar, sumando el cincuenta por ciento del IPREM más por cada miembro adicional.

Un familiar de un ciudadano/a de la UE que quiera residir en España más de tres meses, ¿qué tramites debe realizar?

Los familiares de un ciudadano/a de un Estado miembro de la UE, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o bien Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen y vayan a radicar en España por un periodo superior a tres meses, van a deber solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión.

ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y ESTADOS PARTE EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

Alemania

Austria

Bélgica

Bulgaria

Chipre

Dinamarca

Eslovaquia

Eslovenia

España

Estonia

Finlandia

Francia

Grecia

Hungría

Irlanda

Islandia *

Italia

Letonia

Liechtenstein*

Lituania

Luxemburgo

Malta

Noruega*

Países Bajos

Polonia

Portugal

Reino Unido

R. Checa

Rumanía

Suecia

*Espacio Económico Europeo (EEE)

¿Qué es un informe de vida laboral?

El informe de vida laboral es el documento oficial en el que se recogen cronológicamente todos los periodos en que ha estado cotizando en el sistema de la Seguridad Social, ya sea como asalariado/a (trabajador/a por cuenta ajena) o como autónomo/a (trabajo por cuenta propia).

Se puede pedir a la Seguridad Social en el sitio web de la Seguridad Social www.seg-social.es.

¿Una persona inmigrante puede inscribirse a un sindicato?

El Acuerdo n.º ochenta y siete de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), relativo a la libertad sindical y al derecho de inscribirse, establece que todos/as los trabajadores/as, sin distinción ninguna y sin autorización anterior tienen derecho a inscribirse a las organizaciones sindicales que consideren oportuno, sin que sea necesario informar al empresario/a que se está afiliado/a..

Es esencial saber que en España el derecho a afiliarse a un sindicato escogido por cada persona es un derecho individual recogido en la Constitución de España como en el Estatuto de los Trabajadores, y que la libertad sindical es un derecho que tiene una protección singular.

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on Jan 31, 21