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Servicio gratuito de información, orientación y asesoramiento jurídico. Horario de atención: lunes a jueves de 9:00 a 13:30 y de 15:00 a 17:30. viernes de nueve a 13:30. Es necesaria cita previa que se solicitará en el teléfono noventa y uno ochocientos cincuenta 69 once.
HORARIO DE VERANO : del 15 de junio al quince de septiembre de 9:00 a 13:00
Cursos de aprendizaje de español para personas extranjeras que deseen prosperar su nivel o iniciarse en el conocimiento de nuestra lengua.
El objetivo principal es favorecer el aprendizaje de la lengua y la cultura española como primordial vehículo para la integración y para la mejora de las condiciones sociales y laborales. Existen diferentes niveles y diferentes horarios, consultar en:
Preparación de los Informes de Inserción Social para las personas de origen extranjero que piden la residencia temporal por razones de arraigo social (conforme a la Ley Orgánica 4/2000 y del artículo 124.2 del Reglamento 557/2011).
abogados especialistas en extranjeria
Para su realización es imprescindible acreditar la permanencia continuada en España por un periodo mínimo de tres años, carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen y contar con una oferta de contrato de trabajo de duración no inferior a un año o bien acreditar medios de vida suficientes.
A partir del 1 de enero de 2012 y con la intención de amoldarse al nuevo Reglamento sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, para pedir Informe de Inserción Social que acredita la integración social del ciudadano extranjero residente en España, es imprescindible el conocimiento del castellano y conocer las leyes españolas y los recursos de Integración.
Para ello la Comunidad de la capital de España amplía el Programa "CONOCE TUS LEYES"que se va a impartir en los Centros de Participación y también Integración (CEPI) de la Comunidad de Madrid. CURSOS SUSPENDIDOS TEMPORALMENTE POR LA SITUACIÓN DE COVID 19
Al concluir los talleres se les entregará un diploma de asistencia que, desde el 1 de enero de dos mil doce, va a ser imprescindible para pedir la nacionalidad o tramitar la residencia.
La solicitud del informe se presentará en cualquiera de la oficinas del SAC (Servico de Atención al Ciudadano) situadas en la C/ Real n.º veintiseis y Plaza de la Constitución nº 1. Así como la petición se deberá aportar:
Preparación de los informes de adecuación de la residencia, en el marco del procedimiento para la tramitación de una autorización de vivienda por reagrupación familiar, conforme con lo previsto en los artículos cincuenta y cinco y 61.3.b)3º y/o autorización de vivienda para menores de acuerdo con lo previsto en el artículo 186 y renovación de residencias no lucrativas contempladas en diferentes artículos del Reglamento, aprobado por R. D. 557/2011 de 20 de abril (BOE 30/04/2011).
La solicitud del informe se presentará en cualquiera de la oficinas del SAC (Servico de Atención al Ciudadano) ubicadas en la C/ Real n.º 26 y Plaza de la Constitución n.º 1. Junto con la solicitud se deberá aportar: