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Nuestros Abogados especialistas en Extranjería Illescas, están especializados en todo género de trámites y expedientes, tanto administrativos como judiciales: petición de vivienda española por reagrupación familiar, arraigo social, arraigo familiar, arraigo laboral, visa de estudiante, prórroga de estudio, petición de la Golden Visa, etc. Gestionamos en la oficina de la
En Everest Abogados Extranjería Illescas, contamos con más de cuarenta y ocho abogados expertos en las diferentes áreas de extranjería y también inmigración, gestionando casos desde hace más de diez años en esta especialidad y garantizando la mejor defensa para nuestros clientes.
Nuestro Despacho de extranjería ofrece un servicio adaptado tanto a particulares como a empresas. Aparte de nuestro Despacho de Illescas, ponemos a su disposición ocho despachos en Madrid centro y 7 despachos más repartidos en Aranjuez, Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Alcorcón, Leganés y Getafe.
Le asignaremos un abogado especializado en extranjería para que lleve su trámite de forma adaptada y lo mantendrá informado en todos y cada instante sobre su expediente.
Por tanto, si desea regular su situación o bien cualquier trámite en las distintas áreas de la extranjería, llámenos. Va a ser representado o asesorado por nuestro abogado de extranjería en Illescas. Nuestro objetivo es asistirle a alcanzar su meta y acompañarle en todo el proceso administrativo para explicarle los pasos a continuar que varían conforme el caso en el que se encuentre:
Podrán pedir la Autorización de vivienda temporal por reagrupación familiar con el propósito de que sus familiares puedan residir con ellas de forma temporal.
Se deben cumplir unos requisitos como por servirnos de un ejemplo no tener antecedentes penales en España ni en otros países en los que haya vivido.
Es simple de tramitar y lograr si se cumplen los requisitos.
Se pueden solicitar diferentes permisos de vivienda. En todos y cada uno de los casos necesitará el pasaporte y visado y los otros documentos van a depender del tipo de permiso que se quiera obtener.
1. Permiso de estancia –no más de 3 meses
2. Permiso de estudios o bien Visado de estudios
3. Permiso de vivienda –para residir permanentemente
– Por reagrupación familiar
– Para trabajar por cuenta propia
– Para trabajar por cuenta extraña –a petición del empresario
*Existen cuatro géneros de permiso de trabajo por cuenta ajena:
a) inicial, válido para un año
b) primera renovación, válida para 2 años, después del primer año
c) segunda renovación, válida para 2 años más
d) Cuando llevan cinco años de manera legal y continuada pueden acceder a solicitar la residencia de larga duración.
Autoriza la residencia en España durante el periodo de estudios. Hay que solicitarla antes que pasen los 60 días que autoriza el permiso de estancia en España.
De qué manera obtenerla -> Solicitarla en las Oficinas de Extranjería antes que hayan pasado 60 días desde la llegada. En el caso de menores, hace falta autorización de sus progenitores o bien tutores legales para residir y estudiar en España en el plazo pedido.
El permiso temporal es renovable cada 5 años. A partir de 5 años de vivienda se puede pedir el permiso de residencia permanente.
Si te hallas de forma irregular en España, uno de nuestros abogados de extranjería encontrará una autorización por circunstancias excepcionales para que consiga una autorización que le deje residir y trabajar legalmente en España.
Uno de nuestros abogados de extranjería le ayudará a obtener la nacionalidad española. Existen varias formas de lograrla (vivienda, opción, posesión de estado, etcétera). Al convertirse en ciudadano de España, también conseguirá los beneficios de ser ciudadano europeo.
Por tanto, si quieres regularizar tu situación o efectuar cualquier trámite en las distintas áreas de la extranjería, llámanos. Serás asesorado por uno de nuestros nuestros .
Solicita cita anterior. Llamando al 92 quinientos cuatro 92 diez de lunes a viernes de 9:30 a 20:00.