Skip to main contentdfsdf

Home/ lpolicechest36's Library/ Notes/ Cliente Que No Paga Los Honorarios A Su Abogado

Cliente Que No Paga Los Honorarios A Su Abogado

from web site

abogada extranjeria sant andreu de la barca abogadas inmigración abogado extranjería en valencia inmigracion especialista migración fuenlabrada online san sebastian para inmigrantes reagrupacion familiar abogados barcelona migracion especialistas especial

Cliente Que No Paga Los Honorarios A Su Abogado

El cliente que no paga los honorarios a su letrado podrá ser requerido de pago a través de el procedimiento judicial denominado jura de cuentas.

Cuando alguien contrata a un abogado para que le asesore o bien defienda en cualquier asunto o bien procedimiento debe tener muy presente que tiene la obligación de abonar sus honorarios.

Partiendo de esta sencilla premisa («quien contrata un servicio debe abonarlo») explicaremos el procedimiento que tiene el abogado si su cliente no le paga los honorarios profesionales, procedimiento llamado «jura de cuentas» o «cuenta jurada«.

Antes de nada, apuntar que la «jura de cuentas» es un proceso sumario (se restringen los motivos de oposición), rápido, sencillo y económico que se crea a fin de que el letrado (asimismo lo puede presentar el ) pueda cobrar los honorarios devengados en un procedimiento judicial.

Para poder instar la jura de cuentas, OBLIGATORIAMENTE se ha tenido que empezar un procedimiento judicial donde haya intervenido el abogado que demanda los honorarios a su cliente del servicio.

Por tanto, si los servicios profesionales que ha efectuado el letrado, y que pretende cobrar, se han realizado fuera del  procedimiento judicial no cabe la «jura de cuentas«; para la jura de cuentas se requiere la EXISTENCIA DE UN PROCESO JUDICIAL ANTERIOR.

En cambio, si el abogado ha interpuesto o se ha presentado en un procedimiento judicial y ha intervenido en el mismo, cabe reclamar los honorarios adeudados por sus servicios a través de la «jura de cuentas«.

El  funcionalmente para resolver la «jura de cuentas» va a ser exactamente el mismo órgano jurisdiccional en que se han originado los honorarios cuestionados y que el letrado demanda a su usuario.

, es de aplicación los plazos de caducidad del .

La jura de cuentas, como hemos dicho y de la misma manera que para el abogado, está concebido para que el , al que no le paga el cliente sus derechos y/o suplidos, también pueda reclamárselos por este procedimiento incidental.

Cliente que no paga honorarios a su letrado : La jura de cuentas:

El de la Ley de Enjuiciamiento Civil después de la reforma llevada a cabo en Octubre de 2015, ha quedado redactado de la siguiente forma:

1.  Los abogados podrán reclamar frente a la parte a la que defiendan el pago de los honorarios que hubieren devengado en el tema, presentando minuta detallada y manifestando formalmente que esos honorarios les son debidos y no han sido satisfechos. Igual derecho que los abogados van a tener sus herederos con respecto a los créditos de esta naturaleza que aquéllos les dejaren. No va a ser preceptiva la intervención de abogado ni procurador.

2.  Presentada esta reclamación, el Letrado de la Administración de Justicia requerirá al deudor para que pague dicha suma  o bien impugne la cuenta, en el plazo de diez dias, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.

Si, en el citado plazo, los HONORARIOS IMPUGNAREN POR INDEBIDOS, se va a estar a lo preparado en los párrafos segundo y tercero del apartado 2 del artículo anterior ().

Si se IMPUGNARAN LOS HONORARIOS POR EXCESIVOS, el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado al letrado por 3 dias a fin de que se pronuncie sobre la impugnación. Si no se admitiera la reducción de honorarios que se le reclama, el Letrado de la Administración de Justicia procederá previamente  a su regulación de conformidad con lo previsto en los artículos 241 y siguientes, a menos que el abogado acredite la existencia de presupuesto previo en escrito admitido por el impugnante, y se dictará decreto fijando la cantidad debida, bajo apercibimiento de apremio si no se pagara dentro de los cinco días siguientes a la notificación. abogados especializados en extranjeria

Dicho decreto no será susceptible de recurso, mas no prejuzgará, ni siquiera parcialmente, la sentencia que pudiere recaer sobre juicio ordinario ulterior. (ADVERTENCIA: Este último párrafo sobre la imposibilidad de recurrir el Decreto que dicte el Letrado de la Administración de Justicia ha sido declarado insconstitucional).

3. Si el deudor de los honorarios no formulare oposición en el plazo establecido, se despachará ejecución por la cantidad a que ascienda la minuta.

ESQUEMA DE LA JURA DE CUENTAS:

1.- El usuario que no paga los honorarios a su abogado o bien a su procurador en un procedimiento judicial donde aquellos profesionales han intervenido, va a recibir un requerimiento de pago del Juzgado.

2.- Si no se opone en el plazo de 10 dias, se despachará ejecución contra sus bienes (embargos, etcétera)

3.- El cliente del servicio se puede oponer por considerar los honorarios indebidos y/o excesivos.

CONCLUSIONES:

1.-  Los honorarios de los abogados y procuradores devengados en el seno de un procedimiento judicial que no han sido abonados por el cliente, pueden ser reclamados a través de un procedimiento sumario y rápido, «jura de cuentas«.

2.- Es muy conveniente para las dos partes firmar una hoja de encargo donde se detalle la actuación del abogado, el importe de los honorarios y el fraccionamiento (en su caso) del pago de estos servicios.

3.- Como hemos visto por el desarrollo de la «jura de cuentas», el usuario que no paga los honorarios a su letrado va a poder ser requerido de forma inmediata de pago por el órgano jurisdiccional en el que se han producido los honorarios, y si no impugna los honorarios, se embargarán sus recursos (cuentas corrientes, sueldo, vehiculos, piso, etcétera) para el cobro de la cantidad debida.

4.-  Hay un plazo de caducidad para instar el procedimiento de jura de cuentas.  .

© mundojuridico.info - Usuario que no paga los honorarios a su abogado

lpolicechest36

Saved by lpolicechest36

on Feb 04, 21