from web site
Preguntas y respuestas sobre cómo lograr ayuda legítima para casos de inmigración - y a quién recurrir.
Vaya a – este es el sitio del Servicio de Ciudadanía y también Inmigración de USA (USCIS por su sigla en inglés). En la parte izquierda de la pantalla hallará un cuadro que afirma "Dónde iniciar". Haga click en el menú desplegable para ver cuáles son los formularios que necesita.
Si todavía no estuviese seguro de saber cuáles son los formularios que precisa, quizá tenga que recurrir a la ayuda de un letrado especializado en temas de inmigración o de alguna otra persona autorizada para asistirlo.
Vea el final de esta página para averiguar .
Puede hacerlo por sí solo. Todos los formularios que necesita son gratuitos. Puede imprimirlos directamente desde , puede encargarlos por teléfono llamando al 1-800-ochocientos setenta-3676, o retirarlos en su oficina local del USCIS. No pague nunca para lograr copias de formularios en blanco expedidos por el gobierno. Los formularios siempre y en todo momento son gratuitos, aunque probablemente tendrá que pagar cuando los presente ante el USCIS.
Cualquier persona puede asistirlo a ingresar información en sus formularios de inmigración. Mas lo importante es que esa persona – un amigo, su pastor, un maestro o un familiar – únicamente debe redactar o traducir lo que le afirme. Su asistente no puede aconsejarlo sobre lo que debe decir. Esto puede ocasionarle inconvenientes más adelante. Si precisa asesoramiento, asegúrese de recibirlo
de parte de una persona que esté autorizada por el gobierno de E.U. para asistirlo.
Un traductor puede cobrarle un pequeño cargo por traducir su información. Recuerde que nunca tiene que pagar para recibir los formularios.
Puede ayudarlo un abogado o bien un representante acreditado que figure en la lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración del Departamento de Justicia.
Vea el final de esta página para descubrir .
Cuando presente sus papeles, el USCIS le dará un recibo. ¡Guárdelo! Ese recibo es el comprobante donde consta que el USCIS recibió su solicitud o solicitud. Necesitará el recibo para consultar el estatus de tramitación de su petición.
Puede averiguar cuál es el estatus de su solicitud en , o puede comunicarse con el Centro Nacional de Servicio al Cliente del USCIS llamando al 1-ochocientos-trescientos setenta y cinco-cinco mil doscientos ochenta y tres.
Usted puede hablar en su nombre. Es posible que no necesite que lo represente otra persona. No es obligatorio. Si desea que alguien lo represente, precisará recurrir a una persona que esté autorizada por el USCIS para representarlo. Las únicas personas que están autorizadas para representarlo ante el USCIS son los abogados que son integrantes de la asociación o bien instituto estatal de abogados, los representantes acreditados que figuran en la lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración, y algunas otras pocas personas. Los únicos que pueden cobrarle para asistirlo son los abogados y los representantes acreditados.
Vea el final de esta página para averiguar .
En este caso lo puede ayudar un letrado o bien un representante acreditado. Vea el final de esta página para descubrir . Su letrado debe ser miembro de la asociación o bien colegio estatal de abogados.
Para hallar un representante acreditado, vea la lista libre en el próximo enlace electrónico y elija una persona que no tenga las palabras "DHS Only" anotadas al lado de su nombre: (en inglés).
El término "DHS Only" significa que esa persona puede ayudarlo a llenar una petición del USCIS, pero que no puede ayudarlo si su caso es remitido a un juez de inmigración o bien a la consideración de la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Verifique su estatus con el USCIS.
Puede averiguar cuál es su estatus en . Ingrese el número de recibo en el cuadro de "Estatus de mi caso" que se halla en la parte izquierda de la web.
Si no tiene el número de recibo, haga una cita con su oficina local del USCIS. Puede hacer la cita de dos maneras:
Las estafas relacionadas con temas de inmigración son ilegales. Si usted o bien algún conocido ha sido testigo o bien víctima de una de estas estafas, es importante que lo reporte ante la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission, FTC) o bien frente al fiscal general de su estado. Vaya a (o bien llame al 1-ochocientos setenta y siete-trescientos ochenta y dos-4357); o para averiguar los datos de contacto del fiscal general de su estado, haga clic sobre el estado correspondiente en el mapa que aparece en (en inglés). La FTC no se ocupa de solucionar quejas individuales sino ingresa los datos de las quejas en una base de datos electrónica segura que es utilizada por las autoridades eficientes del mundo entero, entre las que se incluyen múltiples funcionarios federales, estatales y locales que identifican tendencias fraudulentas y establecen los casos.
Los abogados pueden asesorarlo y representarlo. Los abogados, también llamados asesores jurídicos o consejeros legales, deben ser miembros del instituto o asociación profesional de sus respectivos estados. El instituto o asociación estatal de abogados puede sancionar, suspender o incluso expulsar a un abogado por infringir las reglas. Asegúrese de que el letrado que elija esté adecuadamente acreditado por la asociación de abogados correspondiente y compruebe que tenga una buena calificación. Esto significa que no está en problemas por incumplir las reglas establecidas para los abogados. Puede buscar un letrado mediante sitios web del gobierno y de sitios no gubernativos.
Para localizar un letrado especializado en inmigración que no le cobre o que le cobre honorarios bajos:
Para encontrar un letrado de su localidad que trabaje en asuntos de inmigración:
Para descubrir si una persona es un abogado y para averiguar si un letrado está en inconvenientes por infringir las reglas:
Los representantes acreditados no son abogados, mas son personas autorizadas por el gobierno para brindar asesoramiento legal en temas de inmigración. Asimismo están autorizados para representarlo. Estos representantes deben trabajar para una organización que esté reconocida oficialmente por el gobierno de U.S.A.. Tanto los representantes acreditados como estas organizaciones reconocidas están incluidos en una lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Para hallar un representante acreditado:
Hay otras personas que están autorizadas por el gobierno para asistirlo, pero que no pueden cobrarle. Los estudiantes de derecho pueden brindarle asesoramiento legal, a condición de que lo hagan bajo la supervisión de un abogado o de un representante acreditado. Alguien que viva en su comunidad y que sea reconocido por el USCIS como un "individuo reputado" puede representarlo, mas no puede cobrarle – y estas personas deben firmar un documento legal manifestando que no admitirán que usted les pague.