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AcreditacióN De Persona JuríDica

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AcreditacióN De Persona JuríDica

La autoridad certificadora establece la documentación que el solicitante debe presentar para la acreditación de su identidad. Habitualmente, esta información está publicada en la página web de la entidad transmisora del certificado, por lo que va a deber contactar con el organismo que haya escogido para la obtención de su certificado electrónico si necesita aclarar alguna duda sobre esta cuestión.

En general, el procedimiento para la obtención de un certificado electrónico requiere la acreditación de la identidad del solicitante en una oficina de registro autorizada por la entidad emisora del certificado. Contacte con la entidad transmisora que haya escogido si quiere conocer qué oficinas de registro tiene habilitadas o bien consulte su página, donde encontrará asimismo información sobre la documentación que una persona jurídica debe aportar y cómo presentarla.

En el caso de la FNMT, en nuestros días ofrece 2 géneros de certificados, el de Representante de Administrador Único o Solidario y el de Representante de Persona Jurídica.

Para los certificados de Administrador Único o bien Solidario, si se acredita con el certificado o bien DNI electrónico al solicitar el certificado, no es preciso asistir a una oficina a acreditarse.

Por el contrario, para un certificado de Representante de Persona Jurídica sí será necesario presentarse en una oficina de registro con la documentación exigida para acreditar la capacidad para actuar representando a la Entidad Jurídica.

La FNMT ha habilitado un nuevo procedimiento de acreditación para un Certificado de Representante de Persona Jurídica por medio de las oficinas de Correos, adicional al ya existente en las oficinas de la Hacienda, de la Comunidad Foral de Navarra o bien de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Tenga presente que no es posible realizar este trámite en los registros aduaneros.

Por tanto, el demandante de estos certificados va a poder acreditar su identidad en las oficinas de registro de la AEAT (anterior cita) como hasta hora, o en las oficinas de Correos. cita previa huellas policia Consulte la

Para acreditar la identidad en las oficinas de Correos, el proceso para obtener el Código de solicitud es el mismo. Además, se va a deber rellenar electrónicamente un formulario de solicitud on line con los datos de contacto, libre en la web de la FNMT Una vez relleno, así como la documentación necesaria para la acreditación de la identidad del representante, de sus facultades de representación y entidad representada, va a deber acudir a una oficina de Correos con la documentación que se especifica en la página web de la FNMT

Cualquier fallo en la cumplimentación o la carencia de documentación supondrá la no emisión del certificado; la FNMT informará al usuario a través de su servicio de Atención a Usuarios, debiéndose repetir el proceso de acreditación completo, aportando la documentación nuevamente.

Además, para un Certificado de Representante de Persona Jurídica con NIF A, B, C y D la AEAT dispone de un trámite que deja la presentación de documentación para la acreditación en línea. Esta acreditación solo la puede efectuar el representante de la entidad, legal o voluntario, identificándose con su certificado electrónico personal entrando en Sede Electrónica y haciendo click en "Otros servicios" de la sección "Todos y cada uno de los trámites", después en "Certificados electrónicos de representante persona jurídica", "" y para finalizar en "Presentación documentación Certificados Electrónicos Representante Persona Jurídica".

Una vez elegido el certificado electrónico, consulte el aviso de la parte superior, de lectura obigatoria.

Después, cumplimente todos los campos.

Y ahora, adjunte los documentos necesarios para la acreditación descritos en el aviso.

Haga clic en el enlace "Agregar archivos" para seleccionar el archivo con la documentación que debe presentar. En el link "Ayuda" podrá comprobar el listado de formatos aceptados para la presentación de archivos de este trámite, siendo el tamaño máximo permitido para cada archivo sesenta y cuatro MB.

Seleccione o arrastre el fichero. Es preferible que el nombre del archivo no tenga signos de puntuación y esté guardado en su disco local, dentro de la carpetita "AEAT".

El fichero añadido aparecerá en el apartado "Documentación que se anexa". Cuando concluya de anexar los archivos pulse "Presentar" en la parte inferior. A continuación, se visualizan los datos que se van a mandar y si está conforme pulse "Firmar Enviar". Una vez efectuado este trámite, se genera un expediente electrónico de Registro.

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on Feb 05, 21