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Sede Electrónica

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Sede ElectróNica

Qué es

Solicitud o bien obtención de documento en el que se haga constar la situación registral actual de una persona en el Padrón Municipal
de Habitantes. Si la persona interesada no figura en el Padrón en el documento se va a hacer constar ese hecho así como el tiempo
y los domicilios donde haya estado censada en Pamplona desde el año 1996.

Quién puede efectuar el trámite

La persona interesada u otra en su nombre si se solicita personalmente en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona.
La persona titular del certificado digital si se emplea el procedimiento electrónico.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Tramitar con certificado o bien Cl@ve

Al pulsar sobre el enlace si no ha accedido va a acceder a su Carpetita Ciudadana. Después un asistente le va a ir guiando y le pedirá
el tipo de volante que quiere. En el momento en que se verifique su empadronamiento conseguirá al momento en su pantalla el volante firmado
electrónicamente. Asimismo quedará depositado en el buzón de su carpetita ciudadana.

Tramitar sin certificado

Con esta alternativa va a acceder a una página donde podrá pedir el tipo de volante que necesita. En el momento en que se reciba su solicitud
en el Servicio de Atención al Ciudadano se le enviará el volante por correo postal a la dirección de PAMPLONA en la que la
persona interesada esté empadronada.

Importe

Gratuito.

Condiciones de solicitud

No hay plazos de solicitud.
Para conseguir el volante electrónicamente es preciso disponer de Certificado Digital.

CANALES DE SOLICITUD:
Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Municipio de Pamplona: IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÓNICAMENTE (diez
ó novecientos cuarenta y ocho-420100) O bien TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.
Sede electrónica del Municipio de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital).
Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, por escrito vía correo electrónico padron@pamplona.es o bien fax 948-420226.

Documentación a presentar

Si se pide personalmente en la Oficina del Padrón del Municipio de Pamplona, documento en vigor que acredite la identidad
de la persona a inscribir: documento de identidad, carné de conducir de España, tarjeta de extranjero o pasaporte. Si el documento está caducado,
aportar solicitud de renovación. Si se pide de un menor de edad no independizado, documento que acredite la filiación y representación
del menor: libro de familia o partida de nacimiento.
Autorización firmada y copia del documento de identidad del interesado si se pide en su representación en la Oficina
del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona.
Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, petición por escrito vía mail (padrón@pamplona.es) o bien fax (novecientos cuarenta y ocho-cuatrocientos veinte doscientos veintiseis)indicando
el domicilio donde quieren recibir el volante, y copia del DNI.

Más información

ESTE TIPO DE VOLANTES SON DEMANDADOS PARA:
Permiso de residencia para extranjeros (Tipo: Certificado).
Adquisición de nacionalidad.
Renovación permiso de conducción.
Permiso de circulación.
Transferencias de automóviles.
Matriculación nuevamente vehículo. cita previa para carta de invitacion extranjeros
Matrícula en guarderías.
Colegios.
Universidad.
Solicitud de vivienda de protección oficial (Tipo: VPO con fecha de antigüedad en municipio).
Abono para piscinas municipales (familiar o individual).
Plazas de parking para residentes.
Condición civil de navarro (Registro Civil).
Matrimonio civil (Registro Civil).
Seguridad Social: cartilla de la Seguridad Social, solicitud de salario social, pensión no contributiva y otros.
Telefónica (descuento IRPF) (Tipo: volante con observaciones).
Delegación de Hacienda.
Becas y ayudas.
Descuentos en entradas de cine.
Carné de transportista.
Madera de Urbasa.
Asignación de letrado de oficio.
Puestos en mercadillos.
INEM, Bienestar Social, Servicios Sociales, IMSERSO y asistencia médico-farmacéutica.
Trámites judiciales y notariales (separación, declaración de herederos, etcétera).
Fé de vida.

Normativa

NORMATIVA LEGAL:
Ley que modifica la Ley de bases de Régimen local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de diez de enero; BOE once
de 12/01/1996).
Real Decreto que altera el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales a probado por el Real
Decreto ciento sesenta y nueve de 20 de diciembre; BOE 14, de 16/01/1997).
Resolución sobre instrucciones técnicas a los Municipios sobre administración del padrón municipal de 30 de enero de dos mil quince (BOE
71 de 24/03/2015).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier género de documentación complementaria para la adecuada
administración del tramite.

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